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lunes, marzo 17, 2008

Las licitaciones dirigidas

A pesar de que resulte díficil de creer, todavía existen entidades que "direccionan" con claridad sus licitaciones hacia determinada marca o proveedor. Para citar un ejemplo, hemos visto que este año (2008) una empresa de recolección de basuras de la ciudad de Medellín abrió una invitación pública para la adquisición de llantas en la cual sólo pueden participar distribuidores de una marca determinada de llantas, excluyendo cualquier otro posible fabricante de llantas. Este tipo de prácticas son inaceptables aun en entidades sometidas al régimen especial de la ley 142 de 1994, pues debe recordarse que estas entidades, así se encuentren sometidas al derecho privado en materia de contratación, también deben respetar los principios de la función administrativa contendios en el artículo 209 de la Constitución Nacional que impone el deber de respetar los principios de igualdad, economía, imparcialdad y transparencia, los que evidentemente resultan vulnerados cuando se exige una marca específica.

Argumentar que sólo una marca determinada cumple las especificaciones técnicas que requiere la empresa resulta ser un argumento forzado pues si así fuera la empresa podría haberse limitado a definir cuales eran esas especificaciones técnicas mínimas sin necesidad de haber mencionado la marca específica. Cuando una entidad pública se ve en la necesidad de especificar la marca es porque no quiere correr el riesgo de que aparezca otro fabricante que también esté en capacidad de cumplir las especificaciones técnicas mínimas.

Este tipo de prácticas atentan contra la moralidad administrativa pues siempre dejan la sombra de duda sobre los verdaderos motivos que impulsaron a la entidad a escoger una marca determinada. Además es una clara violación al principio de igualdad de oportunidades pues le impide a los proveedores que compiten en un mercado abierto la participación en el proceso de selección pues de antemano se sabe que sólo uno tendrá la posibilidad de ganar.

2 comentarios:

  1. ha pasado en varias entidades estatales no necesariamente publican la marca sino su ficha técnica ejemplo referencias determinadas que solo maneja una marca.
    También sin necesidad de publicar marca publican la ficha técnica o información de ingredientes y porcentajes de cierto producto limitando la participación . quisiera saber bajo que argumentos y artículos se puede observar dichas irregularidades en contratación y a donde se puede enviar dichas denuncias de corrupción y que ente controla el tema de contratación en Colombia gracias cualquier información al correo: orlandocortes327@hotmail.com

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  2. Anónimo2:52 p.m.

    Hola, puede denunciar ante el Grupo de Trabajo contra Colusiones de la Superintendencia de Industria y Comercio, puesto que se trata de un tema de colusiones en licitaciones publicas.

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